En esta publicación queremos compartir algunas de las preguntas que nos hacen algunos de nuestros clientes referentes a la apertura de negocios en Córdoba Capital. ¿Puedo abrir mi negocio sin Licencia de Apertura? La respuesta es que para el 99% de los casos es NO. Para la apertura de un negocio es necesario tramitar la Declaración Responsable de puesta en Marcha o Inicio de Actividad, no importa el tipo de negocio que sea o si ha tenido licencias anteriores. ¿Qué ocurre si se modifica la actividad en un mismo local? Un cambio de actividad en un mismo emplazamiento requiere de una modificación de la licencia de apertura o Declaración Responsable de Inicio de Actividad. Será necesario presentar una nueva documentación técnica (Memoria y Planos) justificativa del cumplimiento de la normativa. Esta documentación deberá ir firmada por un técnico competente. Esta modificación deberá ir acompañada del correspondiente pago de impuestos, en el caso que no sea necesario ejecutar obras de reforma o adaptación, solo habría que pagar el Impuesto de Apertura. ¿Es necesario notificar el Cambio de Titularidad de una Licencia de Apertura? Si existe una modificación o traspaso de la titularidad, deberá comunicarse mediante una instancia de cambio de titularidad y
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El Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 16 de marzo, viene a adaptar el Código a nuevas exigencias que mejorarán las prestaciones de los edificios tanto en relación a la eficiencia energética de estos como en relación a la salud, el confort y la seguridad de los usuarios. El Real Decreto se ha aprobado después de ser sometido a un intenso proceso de audiencia e información pública, con una importante participación de los sectores afectados. Respecto al nuevo “Documento Básico de Ahorro de Energía (DBHE)”, este documento se alinea con las recientes iniciativas legislativas tanto nacionales como europeas encaminadas al ahorro de energía en los distintos sectores y el fomento de las energías procedentes de fuentes renovables. Los edificios nuevos que se realicen a partir de la entrada en vigor del nuevo reglamento tendrán una alta eficiencia energética, lo que, sumado a la mayor contribución de energía procedente de fuentes renovables, supondrá una reducción del consumo de energía primaria no renovable, respecto a los actuales, de en torno a un 40% de media. Con el nuevo DB-HE se mejorará la calidad de