Desde su entrada en vigor el 1 de junio de 2013, momento en el que empezamos a recibir en TProyecto llamadas de clientes para la realización de certificados de eficiencia energética, mucho hemos escuchado acerca del certificado energético por parte de los propietarios, que son las figuras obligadas por ley a obtener el certificado y quienes suelen ponerse en contacto con nosotros para realizarlo. Comentarios como “un impuesto más del Gobierno”, “esto no sirve para nada”, “vaya sacadinero que es esto del certificado energético”, “y esto desde cuándo hay que hacerlo”, son solo algunos de los que hemos escuchado a lo largo de estos más de siete años visitando inmuebles en Córdoba capital y provincia. Desde TProyecto no vamos a entrar a debatir si estos clientes tienen o no razón, ya que entendemos que ese debate no es de nuestra competencia (y necesitaríamos muchas más líneas para exponer nuestra opinión al respecto. Quizá en el futuro nos animemos a ello). Lo que sí vamos a explicar en este artículo son algunas cuestiones básicas que nos plantean los clientes sobre el certificado de eficiencia energética. ¿Qué es el certificado de eficiencia energética? El certificado de eficiencia energética es un documento expedido
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Los edificios son un campo importante para las mejoras de eficiencia energética en todo el mundo debido a su papel como un importante consumidor de energía. Sin embargo, la cuestión del uso de energía en los edificios no es sencilla, ya que las condiciones interiores que pueden lograrse con el uso de energía varían mucho. Las medidas que hacen que los edificios sean cómodos, iluminación, calefacción, refrigeración y ventilación, consumen energía. Normalmente, el nivel de eficiencia energética en un edificio se mide al dividir la energía consumida con el área del piso del edificio que se conoce como consumo de energía específico (SEC) o intensidad de uso de energía (EUI)
Dentro de 10 años, el 70% de la población mundial vivirá en ciudades, según las previsiones de la ONU. Este crecimiento requiere cambios sustanciales para garantizar la sostenibilidad medioambiental, ya que la demanda de energía en los edificios habrá aumentado un 50% para 2060[i]. Es necesario que viviendas y edificios no residenciales adopten medidas urgentes. Y es que el sector de edificios y construcción representa casi el 40% de las emisiones totales de CO² relacionadas con la energía y el 36% del uso final de energía en todo el mundo[ii]. “Reducir la huella de carbono de los edificios y del sector de la construcción resulta fundamental para lograr en 2030 los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”apunta Javier Bernal, Country Coordinator de ASSA ABLOY Entrance Systems. “Esto implica implementar nuevas medidas de eficiencia energética y climática”. Accesos y consumo energético La Alianza Global para los Edificios y la Construcción (GlobalABC) estima que para lograr los ODS relacionados con la lucha contra el cambio climático (7, 11 y 13), los edificios deberían optimizar su eficiencia energética un 3% anual para llegar al objetivo de reducción del 30% en 2030. Utilizar nuevos diseños que reduzcan el consumo energético de la iluminación y la climatización es
Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios establecidas en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, se transpusieron en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Con posterioridad, la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, ha sido modificada mediante la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, circunstancia que ha obligado a transponer de nuevo al ordenamiento jurídico español las modificaciones que introduce con respecto a la Directiva modificada. Si bien esta transposición podría realizarse mediante una nueva disposición que modificara el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, y que a la vez completara la transposición contemplando los edificios existentes, parece pertinente que se realice mediante una única disposición que refundiendo lo válido de la norma de 2007, la derogue y complete, incorporando las novedades de la nueva directiva y amplíe su ámbito a todos los edificios, incluidos los existentes. En consecuencia, mediante este real decreto se transpone
Tras un año cargado de actividades con motivo del 50 aniversario de la creación de la actual Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica y de Montes (Etsiam), el emblemático centro de la Universidad de Córdoba continúa persiguiendo su objetivo de seguir adaptando su oferta formativa a lo que la sociedad demanda. «Queremos introducir algunos cambios en nuestros títulos para responder mejor a ámbitos claves como son la biotecnología o la transformación digital», explica la directora de la Etsiam, Rosa Gallardo, quien señala que «vamos a apoyar con nuestra investigación, pero también formando los profesionales que el sector necesita». Por otro lado, «apostamos por respaldar los cambios necesarios que nos permitan ofrecer un programa integrado de formación para el Ingeniero Agrónomo o el Ingeniero de Montes, es decir, se trata de unificar la actual formación de Grado más Master en un único programa formativo», indica Gallardo. CALIDAD/ Hace solo unos días que la Etsiam ha conseguido el Sello EUR-ACE® para el título de grado en Ingeniería Agroalimentaria. «Es el primer título de ingeniería de la Universidad de Córdoba que consigue este sello de calidad internacional y facilita tanto la movilidad académica como la profesional, ya que permite identificar programas de ingeniería