En esta publicación queremos compartir algunas de las preguntas que nos hacen algunos de nuestros clientes referentes a la apertura de negocios en Córdoba Capital.
¿Puedo abrir mi negocio sin Licencia de Apertura?
La respuesta es que para el 99% de los casos es NO. Para la apertura de un negocio es necesario tramitar la Declaración Responsable de puesta en Marcha o Inicio de Actividad, no importa el tipo de negocio que sea o si ha tenido licencias anteriores.
¿Qué ocurre si se modifica la actividad en un mismo local?
Un cambio de actividad en un mismo emplazamiento requiere de una modificación de la licencia de apertura o Declaración Responsable de Inicio de Actividad.
Será necesario presentar una nueva documentación técnica (Memoria y Planos) justificativa del cumplimiento de la normativa. Esta documentación deberá ir firmada por un técnico competente.
Esta modificación deberá ir acompañada del correspondiente pago de impuestos, en el caso que no sea necesario ejecutar obras de reforma o adaptación, solo habría que pagar el Impuesto de Apertura.
¿Es necesario notificar el Cambio de Titularidad de una Licencia de Apertura?
Si existe una modificación o traspaso de la titularidad, deberá comunicarse mediante una instancia de cambio de titularidad y pagar el correspondiente impuesto. También sería necesario aportar una serie de documentos para justificar que se encuentra en posesión del local.
¿Es necesario pagar los impuestos de obras y apertura?
La respuesta es lógica, SI, hay que pagar los impuestos. Pero no todo son malas noticias, en el Ayuntamiento de Córdoba ofrecen la posibilidad de fraccionar estos impuestos en cómodos plazos.
Esperamos aclarar algo más con esta nueva publicación. En el caso que os surjan dudas al respecto, podéis dejar vuestros comentarios o contactar con nosotros por correo electrónico o telefónicamente.
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